Arosa I+D
Deducciones Fiscales por I+D+i
Las deducciones fiscales I+D+i (art. 35 LIS) son un instrumento que permite a las empresas reducir la cuota del Impuesto sobre Sociedades en base a la inversión en I+D+i realizada en los ejercicios fiscales anteriores.
En este sentido, distinguimos entre proyectos de I+D, que son tecnológicamente disruptivos y suponen una novedad absoluta en el mercado, y proyectos de innovación tecnológica (IT), que suponen una innovación para la empresa pero en la que se utilizan tecnologías innovadoras ya existentes que se adaptan o mejoran. Gracias a las deducciones fiscales por I+D+i, podemos conseguir un retorno de un 12% en proyectos IT y entre un 25 y un 59% en proyectos I+D.
Monetización de Deducciones Fiscales o Cashback (art. 39.2)
Si la empresa tiene pérdidas o no tiene cuota suficiente para aplicar toda la deducción fiscal en su Impuesto sobre Sociedades, puede solicitar la monetización de sus deducciones fiscales, convirtiendo un crédito fiscal a futuro en liquidez a corto plazo para la empresa.
Requisitos obligatorios:
- Recibir un IMV favorable (ex ante o ex post)
- Mantenimiento plantilla media en I+D+i o plantilla media total durante al menos 2 años más
- Reinversión de la deducción fiscal monetizada en I+D+i durante los 24 meses siguientes a la finalización del ejercicio en el que se solicite la monetización